Velocidad

Velocidad es la relación entre la distancia que recorre un vehículo y el tiempo que tarda en recorrer dicha distancia.
Para medir la velocidad se utiliza un velocímetro… ¡ no lo confundas con el cuentakilómetros !.

Existen dos limitaciones de velocidad que, siempre, debemos respetar:

Velocidad GENERICA: La máxima velocidad que debemos alcanzar con un determinado vehículo en una determinada vía. (un turismo en autopista a 120 km/h.)
Velocidad ESPECÍFICA: Son esas limitaciones de velocidad que, mediante señales, las autoridades nos imponen no sobrepasar, en determinados tramos de la vía (curvas, cambios de rasante, proximidad a intersecciones… etc.)

Otros conceptos de “velocidad”:

Exceso de velocidad: Es circular superando la velocidad genérica o específica de la vía. En las sanciones del “radar”, el Agente, pondrá en “Concepto de la sanción”… por “EXECESO DE VELOCIDAD”.
Velocidad limitada: Es circular dentro de los límites genéricos o específicos de la vía.
Velocidad excesiva: Es circular sin tener en cuenta las circunstancias meteorológicas, del tráfico, el estado de la vía… etc., y que puede representar un riesgo.
Velocidad moderada: Es circular teniendo en cuenta las circunstancias meteorológicas, del tráfico, el estado de la vía… etc.

Casos en los que debemos MODERAR la velocidad:

  • Cuando en las proximidades de la vía haya peatones, principalmente si se trata de niños, ancianos, invidentes…, o animales.
  • Al aproximarnos a ciclos y en las proximidades de pasos para peatones no regulados por semáforos o Agentes de la circulación.
  • En los tramos con edificios de inmediato acceso a la vía.
  • Al aproximarnos a un autobús en situación de parada.
  • Fuera de poblado al acercarnos a vehículos inmovilizados en la calzada.
  • Al circular por pavimento deslizante o pueda salpicarse a los usuarios de la vía.
  • Al aproximarse a intersecciones en que no se goce de prioridad.
  • En el cruce con otro vehículo, cuando las circunstancias sean de riesgo (calzada estrecha, lloviendo… etc.).
  • En caso de deslumbramiento.
  • En caso de niebla densa, lluvia intensa, nevada, o nubes de polvo o humo.

Velocidades máximas y mínimas que debemos respetar, de acuerdo al vehículo y tipo de vía:

Aclaraciones al cuadro de velocidades:

Convencionales de 1ª son aquellas que reúnen alguna de estas características: Que posean arcén pavimentado con anchura igual o superior a 1,50 m. ó más de un carril para alguno de los sentidos de circulación.

Los turismos y motocicletas, podrán superar la velocidad máxima (no la mínima), en 20 km/h., al adelantar a otros vehículos, cuando estos circulen a velocidad inferior a la máxima, en vías para automóviles o convencionales (cualquier convencional).
Otras velocidades MAXIMAS:

Vehículos arrastrados por su conductor (ciclos, ciclomotores… etc.): La del paso humano.
Vehículos de tracción animal: La del trote.
Ciclos, ciclomotores y vehículos para persona de movilidad reducida: 45 km/h. (los ciclos pueden sobrepasar la velocidad max. en pendientes pronunciadas)
Una limitación de velocidad (o cualquier otra de reglamentación), colocada en la vertical o al lado de una de “principio de poblado”, afecta a todo el poblado.

Una limitación de velocidad o de recomendación, colocada en la vertical de otra de peligro, dejan de afectarnos al pasar dicho peligro.
Una limitación de velocidad situada en una vía sin prioridad, deja de afectarnos al salir de una intersección con una vía con prioridad.

Distancia entre vehículos:

Los conductores estamos obligados a mantener dos tipos de distancia con el que circula delante:

Distancia de seguridad: Aquella que nos permita detener nuestro vehículo, sin colisionar con el de delante, si este frenara bruscamente. Todos los vehículos deben dejar esta distancia en cualquier circunstancia, tanto dentro como fuera de poblado.

Distancia de fluidez: La que debemos dejar, además de la de seguridad, con el que circula delante, cuando no indicamos nuestra intención de adelantarle. Esta distancia debe ser de, al menos 50 m., para vehículos y conjuntos de vehículos, cuya MMA exceda de 3.500 kg. o de longitud superior a 10 m., pero tenéis que tener en cuenta que, ningún vehículo estará obligado a mantener la distancia de fluidez…:

  • En poblado.
  • Donde estuviera prohibido adelantar.
  • Donde hubiera más de una carril para nuestro sentido.
  • Donde la circulación estuviera saturada.

Alejandro Manrique

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