Señales: Verticales de Reglamentación

      Ceda el paso: Esta señal nos obliga a ceder el paso a todos los vehículos, independientemente del lugar por dónde se aproximen pero, cuidado…, no nos obliga a detenernos.

      Detención obligatoria o STOP: Como su nombre indica, la señal nos obliga siempre a detenernos – ante la marca transversal continua o, si no existe, junto al borde con la vía – cediendo el paso a quienes se aproximen por la vía transversal.

      Calzada con prioridad: Indica que tenemos prioridad en todas las intersecciones que nos encontremos desde esta señal hasta la R-4 u otra de “ceda el paso” o “stop”.

      Fin de prioridad: Finaliza la prioridad que nos daba la anterior señal pero, cuidadin…, eso no quiere decir que en la próxima intersección no podamos tener prioridad mediante otro tipo de señales.

      Prioridad en sentido contrario: Esta señal nos obliga a ceder el paso a los vehículos que se aproximen, en el estrechamiento, por el lado contrario .

      Prioridad respecto al sentido contrario: Esta señal nos da prioridad de paso, en un estrechamiento, respecto de quienes se acercaran por el sentido contrario.

      Circulación prohibida: Quiere decir que la circulación de toda clase de vehículos – de motor o no motor – , en esta vía, está prohibida.

      Entrada prohibida: En esta calle la circulación puede estar permitida, pero no se podrá entrar por donde nos encontremos esta señal.

      Entrada prohibida a vehículos de motor: Los ciclomotores, tranvías, vehículos para personas de movilidad reducida, vehículos de tracción animal y ciclos…; como la Ley de Seguridad Vial no los considera vehículos de motor, con esta señal, podrán pasar.

      Entrada prohibida a vehículos de motor, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar: Pues eso…, que las motocicletas de dos ruedas sin sidecar, son los únicos vehículos de motor que podrán entrar con esta señal.

      Entrada prohibida a motocicletas: Pues eso…, que esta señal prohíbe el paso a todo tipo de motocicletas: con sidecar, sin sidecar, rojas, blancas, Hondas, Harley davidson…

      Entrada prohibida a ciclomotores: prohíbe el acceso a todo tipo de ciclomotor y, también, a los vehículos para personas de movilidad reducida.

      Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías: Entrada prohibida a camiones y furgones. Los vehículos mixtos no son camiones ni furgones, por lo que, se entiende, podrán pasar.

      Entrada prohibida a vehículos destinados al transporte de mercancías con mayor MMA que la indicada.: Si la MMA de un camión o furgón supera a la indicada en la señal, no podrá pasar.

      Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías peligrosas: prohíbe el paso a cualquier vehículo que transporte mercancías peligrosas.

      Entrada prohibida a vehículos que transporten mercancías explosivas o inflamables: prohíbe el paso a vehículos que transporten mercancías explosivas o inflamables. Como estas mercancías también son peligrosas, los vehículos que las lleven, tampoco podrán pasar con la anterior señal.

      Entrada prohibida a vehículos que transporten productos contaminantes del agua: Esta señal sólo afectará – prohibirá la entrada – a vehículos que transporten más de 1.000 litros de productos contaminantes del agua… con 1.000 litros o menos, pasan.

      Entrada prohibida a vehículos agrícolas de motor.: Sin comentarios.

      Entrada prohibida a vehículos de motor con remolque, que no sea un semirremolque o un remolque de un solo eje: O lo que es lo mismo: Sólo prohíbe la entrada a vehículos que arrastren remolque de más de un eje.

      Entrada prohibida a vehículos de tracción animal: Sin comentarios.

      Entrada prohibida a ciclos: Esta señal afecta únicamente a los ciclos. Los ciclomotores tienen su señal propia.

      Entrada prohibida a carros de mano: Pues eso…, a carros de mano.

      Entrada prohibida a peatones: Sin comentarios.

      Entrada prohibida a animales de montura: Sin comentarios.

      Prohibición de pasar sin detenerse: Esta señal nos obliga a detenernos y la encontraremos, principalmente, en puestos de aduana, controles de policía, peajes u otros.

      Limitación de masa: prohíbe pasar a cualquier vehículo cuya masa en carga – el peso que tenga en ese momento el vehículo – supere al indicado en la señal.

      Limitación de masa por eje: prohíbe el acceso a vehículos en los que, alguno de sus ejes, soperte un peso superior al indicado.

      Limitación de longitud: prohíbe el acceso a vehículos cuya longitud exceda de la indicada en la señal.

      Limitación de anchura: prohíbe el acceso a vehículos cuya anchura exceda de la indicada en la señal.

      Limitación de altura: prohíbe el acceso a vehículos cuya altura exceda de la indicada en la señal.

      Separación mínima: Prohibición de circular sin mantener una separación, con el vehículo que nos preceda, igual o superior a la indicada en la señal.

      Velocidad máxima: Prohibido sobrepasar, en cualquier caso, la velocidad impuesta en la señal. Esta limitación deja de afectarnos: Colocada en la vertical de otra de peligro; cuando pasemos dicho peligro. Colocada en una vía sin prioridad; al salir de una intersección con otra vía prioritaria. Al llegar a la altura de la señal “fin de prohibiciones”, “fin de limitación de velocidad máxima” u otra de limitación distinta.

      Giro a la derecha prohibido: prohíbe sólo el giro a la derecha.

      Giro a la izquierda prohibido: prohíbe el giro a la izquierda y el cambio de sentido.

      Media vuelta prohibida: Prohíbe sólo el cambio de sentido.

      Adelantamiento prohibido: prohíbe adelantar a cualquier vehículo.

      Adelantamiento prohibido para camiones: prohíbe adelantar a camiones de más de 3.500 kg. de MMA

      Parada y estacionamiento prohibido: Prohíbe la parada y el estacionamiento.

      Estacionamiento prohibido: Prohíbe sólo el estacionamiento.

      Estacionamiento prohibido los días impares: Sin comentarios.

      Estacionamiento prohibido los días pares: Sin comentarios.

      Estacionamiento prohibido la primera quincena: Sin comentarios.

      Estacionamiento prohibido la segunda quincena: Sin comentarios.

      Zona de estacionamiento limitado: Permite el estacionamiento por el tiempo o durante el tiempo que, mediante paneles complementarios, nos indiquen.

      Advertencias acústicas prohibidas: Se permite tocar el claxon para evitar un accidente o advertir un servicio urgente.

      Sentido obligatorio: Obligación de seguir la dirección y sentido de la flecha.

      Sentido obligatorio: Obligación de seguir la dirección y sentido de la flecha.

      Sentido obligatorio: Obligación de seguir la dirección y sentido de la flecha.

      Sentido obligatorio: Obligación de seguir la dirección y sentido de la flecha.

      Sentido obligatorio: Obligación de seguir la dirección y sentido de la flecha.

      Paso obligatorio: La flecha señala el lado o los lados del refugio por el que tenemos que pasar.

      Paso obligatorio: La flecha señala el lado o los lados del refugio por el que tenemos que pasar.

      Paso obligatorio: La flecha señala el lado o los lados del refugio por el que tenemos que pasar.

      Intersección de sentido giratorio-obligatorio: Obligación de circular, en la próxima intersección, en el sentido de las flechas.

      Unicas direcciones y sentidos permitidos: Sin comentarios.

      Unicas direcciones y sentidos permitidos: Sin comentarios.

      Unicas direcciones y sentidos permitidos: Sin comentarios.

      Calzada para automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar: Todos los automóviles están obligados a circular por la calzada que indica. Las motocicletas de dos ruedas sin sidecar, si quieren, no circularán por ella, pero si lo desean podrán hacerlo.

      Calzada para motocicletas sin sidecar: Las motocicletas sin sidecar deben circular por la calzada a cuya entrada se coloque esta señal. El resto de los automóviles, si quieren pueden circular y si no quieren no lo hacen.

      Calzada para camiones, furgones y furgonetas: Obligación pra estos vehículos. El resto, si lo desean pueden utilizarla.

      Vía reservada para ciclos o vía ciclista: Obliga a los ciclos y prohíbe el acceso a los demás usuarios.

      Vía reservada para ciclomotores: Obliga a los ciclomotores y prohíbe el acceso a los demás usuarios.

      Camino para vehículos de tracción animal: Obliga a los vehículos de tracción animal.

      Camino reservado para animales de montura: Obliga a los animales de montura y prohíbe el acceso a los demás usuarios.

      Camino reservado para peatones: Obliga a los peatones y prohíbe el acceso a los demás usuarios.

      Velocidad mínima: Obligación de circular, como mínimo, a la velocidad de la señal.

      Cadenas para nieve: Obligación de llevar cadenas, al menos en un eje motriz.

      Alumbrado de corto alcance: Obligación de llevar encendido, al menos, el alumbrado de corto alcance o cruce.

      Calzada para vehículos que transporten mercancías peligrosas: A estos vehículos les obliga a utilizar la vía a cuya entrada se encuentre la señal. El resto de vehículos, si lo desean, podrán utilizarla.

      Calzada para vehículos que transporten productos contaminantes del agua: A estos vehículos les obliga a utilizar la vía a cuya entrada se encuentre la señal. El resto de vehículos, si lo desean, podrán utilizarla.

      Calzada para vehículos que transporten materias explosivas o inflamables: A estos vehículos les obliga a utilizar la vía a cuya entrada se encuentre la señal. El resto de vehículos, si lo desean, podrán utilizarla.

      Uso obligatorio del cinturón de seguridad: Tanto dentro como fuera de poblado.

      Vía exclusiva para vehículos dotados de equipo de telepeaje operativo. Telepeaje obligatorio: Sin comentarios.

      Fin de prohibiciones: Sin comentarios.

      Fin de la limitación de velocidad: Sin comentarios.

      Fin de la prohibición de adelantamiento: Sin comentarios.

      Fin de la prohibición de adelantamiento para camiones: Sin comentarios.

      Fin de zona de estacionamiento limitado: Sin comentarios.

      Fin de velocidad mínima: Sin comentarios.

Alejandro Manrique

Impactos: 386

Scroll al inicio